El excongresista Arturo Char Chaljub.
El excongresista Arturo Char Chaljub.
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La magistrada Cristina Lombana se opuso a medida de aseguramiento de Arturo Char

Dijo que no existía “estándar probatorio” para tal decisión.

La magistrada Cristina Lombana, de la Corte Suprema de Justicia, se opuso a la medida de aseguramiento contra Arturo Char.

Aseguró que no existía el “estándar probatorio” para esta medida.

Lombana expuso fuertes argumentos para advertir que la decisión que ordena la captura y medida de aseguramiento para el excongresista carecen de requisitos legales.

“Consecuentemente, que por ello no había lugar a imponerle medida de aseguramiento de detención preventiva intramural, como tampoco, por cuanto los motivos esgrimidos en apoyo de la referida medida, no cuentan con la respectiva acreditación”, sostuvo la magistrada al salvar su voto, reseñado por la revista Semana.

Además, explicó que “en su totalidad se han debido decretar y practicar las pruebas solicitadas por la defensa, así como las dispuestas de oficio, incluso antes de adoptar la decisión que concita la atención, con el propósito de mejor proveer”, explica el salvamento de voto de Lombana.

Aunque el material probatorio que se encuentra en el proceso y que en criterio del resto de magistrados, en la sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia, lleva a una inferencia razonable de autoridad, para la magistrada hay varias dudas sobre la responsabilidad del exsenador Char.

“De momento no se ha comprobado movimiento alguno de dinero que comprometa directa o indirectamente a Arturo Char en la presunta financiación e ilícita compra, pero, además, se tiene que la única fuente directa de información de estas dos particulares circunstancias (financiación y compra), en punto de Char Chaljub, es Merlano Rebolledo, quien, a su vez, la compartió con terceros, los que luego depusieron en sentido similar con fundamento en lo afirmado por ella”, señala el salvamento de voto.

La magistrada Lombana sostiene que "en esa medida, se tiene que en relación con tal sindicación, no se observa de qué concreta manera Arturo Char “organizó” el concierto para delinquir, o por lo menos la decisión no lo precisa, a no ser que se la deba interpretar, lo que no corresponde hacer al lector, por cuanto por esa vía todo o nada sería posible desde la perspectiva del interés del mismo, amén de irse en contra de la posibilidad de ejercer el derecho contradicción e impugnación”.

“Sostener, como lo hace la Sala mayoritaria, que el testimonio de cargo de Aida Merlano, de momento, encuentra respaldo en las declaraciones, en particular de aquellos que estuvieron vinculados a su campaña, es desconocer que la razón de sus dichos, en punto de la financiación para la compra de votos por parte de SArturo Char, surge en su totalidad de lo afirmado a ellos por la propia Merlano Rebolledo, de donde se sigue que a la postre se trata de la misma fuente de conocimiento que encontró resonancia en los que supieron de sus manifestaciones”, detalla la decisión.

El excongresista es investigado por los delitos de concierto para delinquir agravado y corrupción de sufragante agravado y  seguirá privado de la libertad mientras avanza el proceso en su contra en la Corte Suprema de Justicia.

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